La carta del concesionario: el papel que traba tu boda en la playa
Es un requisito de una línea en la ficha del trámite y es el que más expedientes detiene, porque depende de la firma de alguien que no se casa ese día.
La carta es un escrito en hoja membretada donde el hotel, restaurante o concesionario colindante con la zona federal autoriza tu evento, y va acompañada de copia de la identificación de quien firma. Es el requisito 3 de la ficha oficial del permiso en Playa del Carmen. Sin ella el expediente no entra, aunque ya hayas pagado el salón.
¿Qué dice exactamente el requisito?
Dice que hay que presentar un escrito con la autorización del hotel, restaurante o concesionario colindante con la zona federal, en hoja membretada, acompañado de copia de la identificación de quien firma. La ficha del trámite lo pone entre los seis requisitos, sin excepciones ni redacción alternativa.
El trámite se llama Factibilidad de Usos y Aprovechamientos de Eventos Especiales y su homoclave es MPDC-SMASyCC-ZOFEMAT-FUAEE-019. Lo resuelve la Dirección de la Zona Federal Marítimo Terrestre de Playa del Carmen, en la planta baja del Palacio Municipal Nuevo, avenida CTM entre avenida 115 y avenida 125.
Escrito con la autorización del hotel, restaurante y/o concesionario colindante con la ZOFEMAT membretado, copia del INE, pasaporte FM3 según sea el caso. Requisito 3 de la ficha MPDC-SMASyCC-ZOFEMAT-FUAEE-019
Tres detalles se pasan por alto y los tres tumban expedientes: tiene que ser hoja membretada, tiene que venir la copia de identificación de quien firma, y quien firma tiene que ser el colindante con la zona federal, no el dueño del salón de al lado.
¿Por qué el municipio pide una carta de un particular?
Porque el concesionario es quien le paga a la Federación por esos metros, todo el año, tenga boda o no. En Playa del Carmen la cuota es de 199.25 pesos por metro cuadrado al año en uso general, la más alta del país junto con la del resto de la Zona XI subzona B.
Cuando tú montas una ceremonia sobre esa superficie, estás usando metros que ya están en el expediente fiscal de alguien más. Por eso el municipio no autoriza sin su firma: no es cortesía, es que el titular responde por esa superficie ante la autoridad.
| Uso | Pesos por m2 al año | Qué cuenta como ese uso |
|---|---|---|
| General | 199.25 | Superficies con obra con cimentación o vinculadas con actividades de lucro |
| Protección u ornato | 55.60 | Superficie en estado natural sin construcción, o embellecimiento sin actividad lucrativa |
| Actividades primarias | 0.197 | Agricultura, ganadería, pesca, acuacultura |
Cuotas de la Zona XI, subzona B, artículo 232-C de la Ley Federal de Derechos. La misma tabla aparece publicada en la ficha del trámite de pago del municipio. Consultado el 13 de agosto de 2026.
Una boda contratada cae en uso general, no en ornato. La ley define el uso general como el de superficies con obra con cimentación o vinculadas con actividades de lucro, y un evento comercial encaja en la segunda mitad de la frase.
¿Quién tiene que firmarla y quién no sirve?
Firma el titular de la concesión colindante o su representante legal acreditado. No sirve la firma del gerente de bodas, ni la del wedding planner, ni la del dueño del restaurante que está tres lotes más allá aunque te preste sillas.
La ficha pide copia de INE, pasaporte o FM3 de quien firma, según el caso, y eso es una pista útil: el municipio contempla que el titular sea extranjero, cosa habitual en la Riviera Maya. Si el titular es una persona moral, prepárate a que además pidan acreditar al representante legal.
El contrato de renta de playa que firmas con el hotel no es la carta. Son dos documentos distintos: uno te da derecho al espacio frente al hotel, el otro es la autorización que el municipio necesita para abrir tu expediente. Pídela por escrito y por nombre desde el día del anticipo.
¿Y si no sabes quién es el concesionario?
Hay un trámite para eso y casi nadie lo usa: la constancia de uso o no de la zona federal marítimo terrestre, homoclave MPDC-SMASyCC-ZOFEMAT-CUNZ-002. Sirve para tener certeza legal sobre quién usa o no usa esos metros, y la resuelve la misma dirección.
Cuesta de 20 a 70 unidades de medida y actualización, que con el valor de 117.31 pesos vigente desde el 1 de febrero de 2026 son de 2,346.20 a 8,211.70 pesos. Tarda máximo 10 días y, dato importante, su vigencia es de un mes.
Entre sus requisitos hay uno que revela cómo trabaja la oficina: cuatro fotografías de la zona federal ocupada. También pide el documento que ampara la propiedad del predio colindante o copia del título de concesión, RFC e identificación. Es un trámite pensado para el propietario, no para la pareja, así que en la práctica lo detona el hotel cuando hay duda de linderos.
¿Te pueden condicionar el acceso a la playa si no te dan la carta?
No. Negarte la carta y negarte el paso son cosas distintas, y solo una de las dos es legal. El artículo 8 de la Ley General de Bienes Nacionales, con el párrafo que se le agregó en octubre de 2020, dice que el acceso a las playas y a la zona federal contigua no podrá ser inhibido, restringido, obstaculizado ni condicionado, salvo en los casos que fije el reglamento.
Lo que sí pueden hacer, con todo derecho, es no autorizar que montes un evento sobre la superficie que tienen concesionada. Caminar por la playa es de todos; ocuparla con 80 sillas durante cuatro horas no.
Y aquí está la trampa fiscal que casi nadie te cuenta: si decides montar la boda de todos modos, en la arena de al lado y sin carta, el derecho federal se sigue causando. El artículo 233, fracción II, de la Ley Federal de Derechos dice que se paga se tenga o no permiso, concesión o autorización, cuando hay aprovechamiento especial, y define aprovechamiento especial como el uso que limita el derecho de terceros al libre uso del bien.
¿Qué haces si el concesionario no te la quiere firmar?
Cambias de sede o cambias de metros. No hay recurso rápido: el municipio no puede sustituir la firma de un particular y el calendario de una boda no aguanta un litigio.
Tres salidas reales, en orden de qué tan rápido resuelven:
- Mover la ceremonia unos metros tierra adentro, fuera de la franja federal, hacia el jardín o la terraza del propio hotel. Cambia el permiso que necesitas y desaparece el requisito de la carta.
- Buscar un tramo cuyo colindante sí trabaje eventos. Los clubes de playa que viven de esto tienen el formato listo y firmado en horas.
- Renegociar con el mismo hotel comprando el paquete de evento que sí ofrecen. La carta suele aparecer cuando la boda entra por su ventanilla comercial.
Lo que no funciona es dejarlo para el final. La carta depende del calendario de un tercero que no tiene ninguna prisa, y ese es el motivo por el que este papel, y no el pago, es el que traba los expedientes.
Preguntas frecuentes
¿Qué es la carta de autorización del concesionario?
Es un escrito en hoja membretada donde el hotel, restaurante o concesionario colindante con la zona federal marítimo terrestre autoriza que se realice tu evento sobre esa superficie. La ficha del trámite de Playa del Carmen la pide acompañada de copia de INE, pasaporte o FM3 de quien firma, según el caso.
¿El contrato de renta de playa sustituye a la carta?
No. El contrato es un acuerdo comercial entre tú y el hotel; la carta es el documento que el ayuntamiento necesita en el expediente para autorizar el uso de la zona federal. Conviene pedir los dos por escrito desde el día del anticipo, porque después dependen del calendario de un tercero.
¿Quién puede firmar la carta?
El titular de la concesión colindante o su representante legal debidamente acreditado. No sirve la firma de un gerente de bodas sin poder, la de un wedding planner ni la del dueño de un predio que no colinda con la superficie donde vas a montar la ceremonia.
¿Cuánto cuesta averiguar quién es el concesionario de una playa?
En Playa del Carmen existe la constancia de uso o no de la zona federal marítimo terrestre, con homoclave MPDC-SMASyCC-ZOFEMAT-CUNZ-002. Cuesta de 20 a 70 unidades de medida y actualización, es decir de 2,346.20 a 8,211.70 pesos con el valor vigente en 2026, y tarda máximo 10 días.
¿Cuánto tiempo dura esa constancia?
Un mes. Es una vigencia corta que conviene tener presente al armar el calendario: si la sacas con seis meses de anticipación, para la fecha de la boda ya no sirve. La ficha oficial del trámite lo declara expresamente en el campo de vigencia del documento que se obtiene.
¿Por qué el concesionario tiene tanto peso en el trámite?
Porque paga el derecho federal por esa superficie todo el año. En Playa del Carmen la cuota es de 199.25 pesos por metro cuadrado al año en uso general, según la tabla de la Zona XI subzona B de la Ley Federal de Derechos. Un evento sobre sus metros entra en su expediente ante la autoridad.
¿Pueden negarme el paso a la playa si no me dan la carta?
No. El artículo 8 de la Ley General de Bienes Nacionales establece que el acceso a las playas y a la zona federal contigua no podrá ser inhibido, restringido, obstaculizado ni condicionado, salvo en los casos que fije el reglamento. Negar la carta es legal; negar el paso, no.
¿Qué pasa si monto la boda sin la carta, en la arena de al lado?
El derecho federal se causa igual. El artículo 233, fracción II, de la Ley Federal de Derechos establece que se paga se tenga o no permiso, concesión o autorización, cuando hay aprovechamiento especial, entendido como el uso que limita el derecho de terceros al libre uso del bien nacional.
¿Hay forma de evitar el requisito de la carta?
Sí, moviendo la ceremonia fuera de la franja federal de veinte metros, al jardín o la terraza del hotel. Deja de ser uso de zona federal y con eso desaparece la necesidad de la autorización del colindante, aunque siguen aplicando los permisos municipales que correspondan al inmueble.
Fuentes
Cada cifra de esta página sale de una de estas fuentes. La fecha es el día en que la consultamos.
- Ayuntamiento de Playa del Carmen, Quintana Roo. Factibilidad de Usos y Aprovechamientos de Eventos Especiales, homoclave MPDC-SMASyCC-ZOFEMAT-FUAEE-019. Ficha actualizada el 10 de febrero de 2026. playadelcarmen.gob.mx Consultado el 13 de agosto de 2026.
- Ayuntamiento de Playa del Carmen, Quintana Roo. Constancia de uso o no de la Zona Federal Marítimo Terrestre, homoclave MPDC-SMASyCC-ZOFEMAT-CUNZ-002. playadelcarmen.gob.mx Consultado el 13 de agosto de 2026.
- Ayuntamiento de Playa del Carmen, Quintana Roo. Recepción del pago por uso, goce o aprovechamiento de la Zona Federal Marítimo Terrestre, homoclave MPDC-SMASyCC-ZOFEMAT-RPUGAZ-001. playadelcarmen.gob.mx Consultado el 13 de agosto de 2026.
- Ley Federal de Derechos, artículos 232-C, 232-D, 233 y 234. Texto vigente publicado por la Cámara de Diputados, última reforma del 7 de noviembre de 2025. diputados.gob.mx Consultado el 13 de agosto de 2026.
- Ley General de Bienes Nacionales, artículos 8, 119 y 127. Texto vigente publicado por la Cámara de Diputados, última reforma del 14 de noviembre de 2025. diputados.gob.mx Consultado el 13 de agosto de 2026.
- INEGI. Comunicado de prensa 1/26, Unidad de Medida y Actualización, 8 de enero de 2026. Valor diario de 117.31 pesos vigente a partir del 1 de febrero de 2026. inegi.org.mx Consultado el 13 de agosto de 2026.
- Ayuntamiento de Playa del Carmen. Registro municipal de trámites y servicios de Medio Ambiente, Sustentabilidad y Cambio Climático. playadelcarmen.gob.mx Consultado el 13 de agosto de 2026.
Cómo verificamos esto
El texto del requisito se transcribió el 13 de agosto de 2026 de la ficha oficial del trámite MPDC-SMASyCC-ZOFEMAT-FUAEE-019, publicada por el ayuntamiento de Playa del Carmen en su registro municipal de trámites y servicios. La ficha declara como fecha de actualización el 10 de febrero de 2026. La cita entre comillas es literal, incluida su redacción original.
Los 199.25 pesos por metro cuadrado se verificaron en dos fuentes que coinciden: la tabla del artículo 232-C de la Ley Federal de Derechos en el texto vigente de la Cámara de Diputados, y la ficha municipal del trámite de pago de derechos, que reproduce las tarifas de la Zona XI subzona B. La conversión de las unidades de medida a pesos usa el valor diario de 117.31 pesos que el INEGI publicó para 2026.
Qué puede cambiar: el valor de la unidad de medida se actualiza cada febrero, así que el rango en pesos de la constancia cambia con él. Las cuotas del artículo 232-C se reforman con la miscelánea fiscal anual. Y los requisitos de una ficha municipal pueden moverse sin aviso: la fecha de actualización que trae la propia ficha es el dato que conviene revisar antes de armar el expediente.
directora editorial de Bodas MX
Lleva más de 10 años fotografiando bodas en Cancún, la Riviera Maya, Tulum, Playa del Carmen e Isla Mujeres, y dirige esta publicación. Ha hecho de ventanilla en ventanilla buena parte de los trámites que aquí se describen. Quién está detrás de esta publicación se explica en Acerca de Bodas MX.