Fecha límite de confirmación: cuántos días antes de la boda
Esta fecha no se escoge con el calendario en la mano, se despeja de una cláusula. Aquí está dónde buscarla, cómo restar y qué le permite y qué no le permite la ley a tu salón.
Siete días antes de la fecha de garantía de cubiertos que trae tu contrato de banquete, ni uno menos. Esa fecha de garantía suele caer entre 7 y 15 días antes de la boda y es la que convierte tu lista en una cifra que ya no se puede bajar. Búscala en el contrato antes de mandar a imprimir nada.
¿Dónde está escrita la fecha que manda?
En tu contrato de banquete, en la cláusula de garantía de cubiertos. Puede llamarse así, o número mínimo garantizado, o número final de personas, pero siempre dice lo mismo: el día en que entregas la cifra de comensales que ya no se puede bajar.
Léela completa antes de imprimir nada. Lo que hay que sacar de ahí son tres datos: cuántos días antes del evento hay que entregar el número, cuál es el mínimo garantizado que ya firmaste y qué pasa si el día del evento llega más gente de la declarada.
Ese tercer punto sorprende seguido. Muchos contratos permiten subir el número hasta cierto día pero no bajarlo, y cobran un recargo por cada persona que llegue por encima de la declarada. Si tu contrato dice eso, tu incentivo cambia: conviene declarar exacto, no bajo.
Si el contrato no trae fecha de garantía por escrito, no asumas que puedes avisar cuando quieras. Pídela por correo antes de firmar y guarda la respuesta. Una fecha que solo existe en una conversación telefónica no le sirve a nadie.
¿Por qué siete días antes de la garantía y no menos?
Porque siete días es lo que tarda perseguir a los que no contestaron. Si pones el corte el mismo día de la garantía, entregas al salón una lista con huecos y pagas por gente que ya sabías que no iba a ir.
La cuenta hacia atrás queda así, con una boda de ejemplo el sábado 14 de noviembre de 2026 y un contrato que pide el número con diez días de anticipación.
| Hito | Regla | Fecha del ejemplo |
|---|---|---|
| Boda | Día cero | sábado 14 de noviembre |
| Garantía de cubiertos | Lo que diga tu contrato, aquí 10 días antes | miércoles 4 de noviembre |
| Corte de confirmación impreso | 7 días antes de la garantía | miércoles 28 de octubre |
| Llamadas a quien no contestó | Los 9 días previos al corte | del 19 al 28 de octubre |
| Cierre de mesas y acomodo | Entre el corte y la garantía | del 29 de octubre al 3 de noviembre |
Desliza la tabla para ver todas las columnas.
Cálculo propio sobre una fecha de ejemplo. Cambia el renglón de la garantía por el de tu contrato y recorre el resto.
Fíjate en el último renglón. Entre el corte y la garantía quedan seis días para armar el acomodo de mesas con la lista ya cerrada. Sin ese espacio, el acomodo se hace la misma noche y con el teléfono en la mano.
¿Qué dice la ley sobre esa cláusula?
Que una vez escrita, obliga a los dos, y que hay cosas que el salón no puede meterle. Vale la pena conocer tres artículos de la Ley Federal de Protección al Consumidor antes de firmar.
El artículo 7 obliga a todo proveedor a informar y respetar los plazos, las fechas, las cantidades y las demás condiciones que haya convenido contigo. Traducido: si tu contrato dice diez días, el salón no puede pedirte el número con veinte porque se le complicó la agenda.
El artículo 90, fracción I, dice que no serán válidas y se tendrán por no puestas las cláusulas que permitan al proveedor modificar unilateralmente el contenido del contrato. Una cláusula del tipo "el salón podrá modificar los plazos cuando lo considere necesario" cae justo ahí.
Y el artículo 85 exige que el contrato de adhesión esté escrito en español, con letra legible a simple vista y de tamaño uniforme, y prohíbe que implique prestaciones desproporcionadas a cargo del consumidor u obligaciones inequitativas o abusivas.
No serán válidas y se tendrán por no puestas las siguientes cláusulas de los contratos de adhesión: I. Permitan al proveedor modificar unilateralmente el contenido del contrato, o sustraerse unilateralmente de sus obligaciones. Artículo 90 de la Ley Federal de Protección al Consumidor
¿Sirve buscar a tu salón en el registro de PROFECO?
Sirve, y toma cinco minutos. El Registro Público de Contratos de Adhesión deja consultar los modelos de contrato que los proveedores tienen registrados ante la Procuraduría.
Ahí hay un artículo que casi nadie usa y que conviene tener a la mano: el 86 QUATER dice que cualquier diferencia entre el texto del contrato registrado ante la Procuraduría y el que se usó en perjuicio del consumidor se tendrá por no puesta. O sea que si tu salón registró un modelo y después te dio otro con una cláusula peor, esa cláusula no cuenta.
No todos los contratos necesitan registro previo, así que no encontrar a tu salón no significa que esté haciendo algo mal. Encontrarlo, en cambio, te da un texto de referencia contra el cual comparar el que te pasaron. Cómo se hace esa búsqueda paso a paso está en cómo verificar un contrato en el RPCA.
¿Qué fecha se imprime en la invitación?
La del corte, no la de la garantía, y va impresa con día, mes y año completos. "Confirma antes del 28 de octubre de 2026" no se malinterpreta; "confirma pronto" no hace nada.
Junto a la fecha van dos contactos con nombre y teléfono, uno por cada lado de la familia. Si el único teléfono impreso es el de la novia, todas las llamadas del mes más ocupado de su vida caen en la misma persona. Cómo queda ese renglón dentro de la papelería está en cómo se redacta una invitación de boda.
Un detalle de forma que ayuda: pon la fecha límite en un renglón propio, no metida en el párrafo de la dirección. Es la única fecha de toda la invitación que le pide algo al lector, y tiene que verse.
¿Qué hago con los que no contestan?
Se llama por teléfono, uno por uno, en los nueve días previos al corte. El silencio no es un no: en la práctica, la mayoría de los silencios sí piensan ir y simplemente no contestaron el mensaje.
El guion es de treinta segundos: "Te llamo para cerrar la lista del sábado 14. ¿Cuento contigo y con Luis?". Sin reproches y sin explicar el tema de los cubiertos, que a la otra persona no le dice nada. Se anota la respuesta el mismo día en la hoja de cálculo.
Al tercer intento sin respuesta, se cuenta como no. Y se le avisa por escrito: "Cerramos la lista hoy y no te alcancé, si algo cambia me avisas antes del miércoles". Eso deja constancia y evita la aparición sorpresa el día del evento, que en un salón con acomodo cerrado es un problema real.
¿Se puede subir el número después de la garantía?
Casi siempre sí, y casi siempre con recargo. Bajarlo es lo que ya no se puede, y esa asimetría es el corazón de la cláusula.
Antes de firmar, pregunta por escrito dos cosas: hasta qué día se puede subir el número y cuánto cuesta cada cubierto agregado tarde. Si el contrato no lo dice, pídelo por correo y guarda la respuesta, porque el artículo 7 obliga al proveedor a respetar lo que te informó.
Y no confundas el número garantizado con el número de sillas montadas. Son cosas distintas y a veces las montan por separado: puedes tener 100 cubiertos garantizados y un acomodo de 96 lugares si alguien no revisó el plano. Pide el plano de mesas junto con el número final, el mismo día.
Cuánta de esa gente confirmada llega de verdad es otra pregunta, y la respuesta honesta está en cuántos invitados no llegan a una boda.
Preguntas frecuentes
¿Cuántos días antes de la boda debe ser la fecha límite de confirmación?
Siete días antes de la fecha de garantía de cubiertos que trae tu contrato de banquete. Esa garantía suele pedirse entre siete y quince días antes del evento, así que el corte cae con frecuencia entre dos y tres semanas antes de la boda. La fecha exacta sale de tu contrato, no de una costumbre.
¿Qué es la cláusula de garantía de cubiertos?
Es la parte del contrato de banquete que fija el día en que entregas el número final de comensales, la cifra que ya no se puede bajar. Puede aparecer como número mínimo garantizado o número final de personas. De ahí hay que sacar tres datos: cuántos días antes, cuál es el mínimo firmado y qué pasa si llega más gente.
¿Puede el salón cambiarme el plazo después de firmar?
No de manera unilateral. El artículo 90, fracción I, de la Ley Federal de Protección al Consumidor establece que no serán válidas y se tendrán por no puestas las cláusulas que permitan al proveedor modificar unilateralmente el contenido del contrato o sustraerse de sus obligaciones.
¿Se puede aumentar el número de invitados después de la fecha de garantía?
Casi siempre sí y casi siempre con recargo por cada cubierto agregado tarde. Lo que ya no se puede es bajar el número. Antes de firmar conviene preguntar por escrito hasta qué día se puede subir y cuánto cuesta cada persona extra, y guardar la respuesta.
¿Qué hago con los invitados que nunca contestaron?
Llámalos por teléfono, uno por uno, en los nueve días previos al corte. El guion es de treinta segundos: te llamo para cerrar la lista del sábado, cuento contigo. Al tercer intento sin respuesta se cuenta como no y se avisa por escrito, para que no haya aparición sorpresa el día del evento.
¿Sirve buscar mi contrato en el registro de PROFECO?
Sí, y toma cinco minutos en el Registro Público de Contratos de Adhesión. El artículo 86 QUATER de la ley establece que cualquier diferencia entre el texto registrado ante la Procuraduría y el usado en perjuicio del consumidor se tendrá por no puesta. No todos los contratos requieren registro, así que no aparecer no es una falta.
¿Qué fecha se imprime en la invitación, la del corte o la de la garantía?
La del corte, con día, mes y año completos y en un renglón propio. Junto a ella van dos contactos con nombre y teléfono, uno por cada lado de la familia, para que las llamadas no caigan todas en la misma persona durante el mes más ocupado.
¿El número garantizado es lo mismo que las sillas montadas?
No, y a veces se manejan por separado. Puedes tener cien cubiertos garantizados y un acomodo de noventa y seis lugares si nadie revisó el plano de mesas. Pide el plano el mismo día que entregas el número final y compáralos renglón por renglón antes de cerrar.
Fuentes
Cada cifra de esta página sale de una de estas fuentes. La fecha es el día en que la consultamos.
- Ley Federal de Protección al Consumidor, artículos 7, 85, 86 QUATER y 90 fracción I. Cámara de Diputados, texto vigente con última reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 12 de diciembre de 2025. diputados.gob.mx Consultado el 14 de agosto de 2026.
- PROFECO, Registro Público de Contratos de Adhesión, buscador de modelos de contrato registrados por proveedor. rpca.profeco.gob.mx Consultado el 14 de agosto de 2026.
- PROFECO, sitio institucional de la Procuraduría Federal del Consumidor. gob.mx/profeco Consultado el 14 de agosto de 2026.
Cómo verificamos esto
Los artículos 7, 85, 86 QUATER y 90 fracción I los leímos en el PDF del texto vigente de la Ley Federal de Protección al Consumidor que publica la Cámara de Diputados, con última reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 12 de diciembre de 2025. No citamos ninguna disposición que no hayamos leído en ese documento.
Conviene decir con claridad qué no está en la ley: la garantía de cubiertos no es una figura legal con nombre propio ni tiene un plazo mínimo fijado por norma. Es una cláusula de contrato privado. Lo que sí regula la ley es cómo puede estar escrita y qué no puede contener. Por eso este artículo manda a leer el contrato en lugar de dar un número de días que valdría para todos.
El Registro Público de Contratos de Adhesión de PROFECO respondió con contenido real al momento de escribir esto. La regla de los siete días entre el corte y la garantía es de oficio, no legal: sale del tiempo que toma llamar por teléfono a los que no contestaron y cerrar el acomodo de mesas.
Comprobamos cada dirección con una petición GET el 14 de agosto de 2026 y solo enlazamos las que respondieron 200 con el documento real. Qué puede cambiar: la Ley Federal de Protección al Consumidor se reforma con frecuencia, así que conviene revisar la fecha de la última reforma en la portada del PDF antes de invocar un artículo.
directora editorial
Fundó su estudio de fotografía de bodas en 2023, después de más de 10 años detrás de la cámara en la costa de Quintana Roo. Dirige Bodas MX, trabaja en español e inglés y ha estado del lado del proveedor en cientos de listas de invitados. Quién publica este sitio está declarado en Acerca de.