Depósito en garantía del salón: cuándo te lo devuelven
El depósito se paga en dos minutos y se recupera en dos meses de llamadas. La diferencia la hace una frase que se negocia el día de la firma y que casi nunca se pide.
Cuando lo diga el contrato, y ahí está el problema: si el plazo y las causas de retención no están escritos, la decisión queda al arbitrio del salón. Pide que el contrato diga el plazo en días hábiles, la forma de devolución y qué gastos exactamente se pueden descontar, con comprobante.
¿Qué es y qué no es un depósito en garantía?
Es dinero que entregas para responder por daños, no una parte del precio. Y esa distinción decide todo lo demás, porque si es precio se aplica al servicio, y si es garantía tiene que regresar.
El primer paso es leer cómo lo llama tu contrato. Anticipo, depósito en garantía y pena convencional son tres figuras distintas con destinos distintos, y muchos contratos de salón las mezclan en un solo renglón.
La NOM-174-SCFI-2007 ayuda a separarlas. Su numeral 5.1.8 pide precisar el monto y la fecha del anticipo, su numeral 5.1.7 obliga a desglosar los cargos incluidos los adicionales o extraordinarios, y su numeral 4.5 exige especificar si se requiere anticipo y, en su caso, el mecanismo para su reembolso.
¿Qué dice el modelo de contrato que publica PROFECO?
Algo que sorprende: no tiene cláusula de depósito en garantía. Resuelve los daños de otra manera, y esa manera es más justa para las dos partes.
El modelo de contrato de arrendamiento de salón para eventos sociales dice en su cláusula séptima que si el salón sufre un menoscabo por culpa o negligencia debidamente comprobada del arrendatario o de sus invitados, éste se obliga a cubrir los gastos de reparación dentro de los diez días naturales siguientes, y que el costo dependerá del estado y desgaste habitual del salón, así como del valor del bien dañado que sea fehacientemente comprobable por el arrendador.
Léelo despacio, porque cada palabra pesa. Culpa o negligencia comprobada, no sospecha. Descuento del desgaste habitual, no valor de mueble nuevo. Y valor fehacientemente comprobable, o sea con documento. Ese es el estándar que puedes pedir por escrito aunque tu salón sí cobre depósito.
¿Qué se pide por escrito antes de firmar?
Cinco líneas concretas. Ninguna es rara y todas se pueden negociar en la misma junta en que se discute el precio.
| Qué se pide | Cómo se escribe |
|---|---|
| Plazo de devolución | Un número de días hábiles contados desde el día siguiente al evento |
| Forma de devolución | Transferencia a una cuenta señalada, no efectivo en ventanilla |
| Causas de retención | Lista cerrada, con la frase daño comprobable y descontando el desgaste habitual |
| Prueba del daño | Fotografías y cotización o factura de la reparación, entregadas a ti |
| Devolución parcial | Si el daño es menor al depósito, se devuelve la diferencia en el mismo plazo |
Desliza la tabla para ver todas las columnas.
Redacción construida a partir de la cláusula séptima del modelo de contrato tipo de PROFECO y de los numerales 4.5 y 5.1 de la NOM-174-SCFI-2007.
¿La penalización tiene que ser igual para las dos partes?
La norma dice que sí, y casi ningún contrato de salón lo cumple. El numeral 5.1.14 de la NOM-174-SCFI-2007 exige que el contrato señale las penas convencionales a las que de manera equitativa se hacen acreedoras las partes por el incumplimiento de sus obligaciones.
El modelo de contrato tipo lo aterriza: quien motive la rescisión de forma comprobada paga a la otra parte una pena convencional del diez por ciento del precio total, y si quien la motivó fue el proveedor, además debe devolver todas las cantidades entregadas en un plazo no mayor a cinco días naturales.
Compáralo con lo que suelen traer los contratos de salón: penalización fuerte si tú cancelas, y nada si el salón cancela o cambia el espacio. Esa asimetría es exactamente lo que la norma no permite, y es un argumento con nombre y número para la mesa de negociación. Los límites de esa figura están en pena convencional en contratos de boda.
¿Qué hago si no me lo devuelven?
Requerimiento por escrito con plazo, y después queja. El requerimiento pide la devolución o, en su defecto, el desglose de los daños con comprobante.
La ley te da con qué. El artículo 90 de la Ley Federal de Protección al Consumidor tiene por no puestas las cláusulas que permiten al proveedor modificar unilateralmente el contrato o sustraerse de sus obligaciones, y las que trasladan al consumidor la responsabilidad civil del proveedor. Una retención decidida a solas, sin prueba y sin plazo, cabe ahí.
Y el artículo 91 pone reloj a la devolución de lo cobrado en exceso: si el proveedor no devuelve dentro de los cinco días hábiles siguientes a la reclamación, además de la sanción que corresponda queda obligado a pagar intereses. La acción prescribe en un año a partir del pago.
¿Cómo se evita la discusión sobre los daños?
Con fotos del salón vacío antes y después, tomadas por ti. Es la prueba más barata que existe y casi nadie la toma.
Diez minutos antes de que entre el montaje, recorre el salón grabando en video: piso, paredes, mobiliario, baños y áreas comunes. Repite el recorrido al terminar el desmontaje. Guarda los dos archivos originales sin editar.
Si el contrato del salón contempla una persona designada por cada parte, y el modelo de PROFECO lo contempla, haz el recorrido con esa persona. Cómo se levanta esa evidencia y por qué el archivo original importa está en cómo documentar un incumplimiento.
El resto de la letra chica del contrato del salón, incluida la ventana de cinco días hábiles para revocar, está en qué revisar en el contrato de la sede.
Preguntas frecuentes
¿En cuántos días me deben devolver el depósito en garantía del salón?
En el plazo que diga tu contrato. Si no lo dice, la devolución queda al arbitrio del proveedor y eso es reclamable. Pide que el contrato señale un número de días hábiles contados desde el día siguiente al evento y la forma de devolución, de preferencia por transferencia.
¿El modelo de contrato de PROFECO contempla depósito en garantía?
No. El modelo de contrato de arrendamiento de salón para eventos sociales resuelve los daños con una cláusula de gastos de reparación: si hay menoscabo por culpa o negligencia comprobada, el consumidor cubre la reparación dentro de los diez días naturales siguientes y el costo debe ser fehacientemente comprobable.
¿Pueden retenerme el depósito sin enseñarme el daño?
No deberían. El estándar publicado por PROFECO en su modelo de contrato exige culpa o negligencia debidamente comprobada y un valor del bien dañado fehacientemente comprobable, descontando el desgaste habitual. Pide fotografías y la cotización o factura de la reparación por escrito.
¿La penalización por cancelar tiene que ser igual para el salón y para mí?
El numeral 5.1.14 de la NOM-174-SCFI-2007 exige que las penas convencionales sean equitativas para las partes. El modelo de contrato tipo de PROFECO fija un diez por ciento del precio total para quien motive la rescisión, sea el consumidor o el proveedor, y obliga al proveedor a devolver además lo recibido.
¿Qué hago si el salón no me devuelve el depósito?
Requiere por escrito la devolución o el desglose de daños con comprobantes, y si no responde presenta queja ante PROFECO. El artículo 91 de la ley del consumidor obliga a devolver lo cobrado en exceso dentro de cinco días hábiles siguientes a la reclamación, o a pagar intereses.
¿Cuánto tiempo tengo para reclamar un depósito retenido?
Un año a partir de la fecha del pago, según el artículo 91 de la Ley Federal de Protección al Consumidor. El artículo 105 ofrece además otros momentos para contar el plazo, incluida la última fecha en que acredites haber requerido el cumplimiento directamente al proveedor.
¿Sirve de algo grabar el salón antes y después del evento?
Mucho, y no cuesta nada. Un recorrido en video del salón vacío antes del montaje y otro después del desmontaje es la forma más simple de discutir un daño con evidencia. Guarda los archivos originales sin editar y con la fecha del dispositivo.
¿Depósito, anticipo y pena convencional son lo mismo?
No. El anticipo es parte del precio, el depósito en garantía responde por daños y debe regresar, y la pena convencional es una sanción por incumplimiento. Muchos contratos de salón los mezclan en un renglón. Pide que cada figura tenga su propia cláusula con su propio destino.
Fuentes
Cada cifra de esta página sale de una de estas fuentes. La fecha es el día en que la consultamos.
- Contrato tipo de arrendamiento de salón para eventos sociales, modelo publicado por la Procuraduría Federal del Consumidor en su registro de contratos de adhesión en línea. rcal.profeco.gob.mx Consultado el 13 de agosto de 2026.
- Norma Oficial Mexicana NOM-174-SCFI-2007, Prácticas comerciales, elementos de información para la prestación de servicios en general, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 1 de noviembre de 2007. Numerales 2.1, 4.3, 4.5, 5 y 5.1. dof.gob.mx Consultado el 13 de agosto de 2026.
- Ley Federal de Protección al Consumidor, texto vigente con la última reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 12 de diciembre de 2025 y montos actualizados por acuerdo publicado el 23 de diciembre de 2025. Cámara de Diputados. diputados.gob.mx Consultado el 13 de agosto de 2026.
- Registro Público de Contratos de Adhesión, PROFECO. Buscador por razón social, nombre comercial, número de registro y naturaleza contractual. rpca.profeco.gob.mx Consultado el 13 de agosto de 2026.
- PROFECO, área jurídica: contratos de adhesión. profeco.gob.mx Consultado el 13 de agosto de 2026.
Cómo verificamos esto
La cláusula de gastos de reparación, la pena convencional del diez por ciento y los plazos de devolución se leyeron en el modelo de contrato de arrendamiento de salón para eventos sociales que publica PROFECO en su registro de contratos de adhesión en línea. El deber de desglosar cargos, de precisar el mecanismo de reembolso del anticipo y de fijar penas equitativas sale de los numerales 4.5, 5.1.7, 5.1.8 y 5.1.14 de la NOM-174-SCFI-2007.
Las cláusulas que se tienen por no puestas y el plazo de devolución de lo cobrado en exceso son los artículos 90 y 91 del texto vigente de la Ley Federal de Protección al Consumidor, con la reforma del 12 de diciembre de 2025. Verificamos cada dirección con una petición GET el 13 de agosto de 2026 y solo enlazamos las que respondieron 200.
Qué puede cambiar: el modelo de contrato tipo es una guía publicada por la autoridad, no una obligación de redacción palabra por palabra, así que tu contrato puede diferir. Lo que no cambia sin reforma es la exigencia de que el contrato de eventos sociales esté registrado y de que las penas sean equitativas.
directora editorial
Fundó su estudio de fotografía de bodas en 2023, después de más de 10 años detrás de la cámara en la costa de Quintana Roo. Dirige Bodas MX, trabaja en español e inglés y firma las guías de trámites, permisos y contratos. Quién publica este sitio está declarado en Acerca de.