Un proveedor no cumplió: el orden exacto de lo que se hace
El banquete llegó incompleto, el DJ se fue temprano o las flores no eran las que pagaste. Lo que decide si recuperas algo no es el enojo, es lo que hagas en las primeras horas y en qué orden.
Tres pasos, en este orden. Uno, requerimiento por escrito el mismo día, con hora, pidiendo el cumplimiento. Dos, evidencia fechada. Tres, queja ante PROFECO. Tienes un año para presentarla y, según el artículo 105 de la ley del consumidor, el plazo se puede contar desde la última vez que acreditaste haber exigido el cumplimiento.
¿Qué se hace en los primeros diez minutos?
Se manda un mensaje escrito al proveedor pidiendo que cumpla, con la hora, y se empieza a guardar evidencia. No se discute, no se amenaza y no se cancela el pago pendiente todavía.
El mensaje tiene tres frases: qué se contrató, qué está pasando en este momento y qué le pides que haga ahora. Nada más. Un mensaje de desahogo sirve para el ánimo, no para el expediente.
Si tú estás en tu propia boda, esto lo hace otra persona con tu autorización. Cómo se reparte y qué evidencia sirve de verdad está en cómo documentar un incumplimiento.
¿Por qué el mensaje tiene que pedir el cumplimiento?
Porque el requerimiento acreditado mueve tu plazo hacia adelante. El artículo 105 de la Ley Federal de Protección al Consumidor da un año para reclamar, y ofrece cuatro momentos para empezar a contarlo.
Desde que se expide el comprobante que ampara el precio pactado, desde que pagas o el servicio es exigible, desde que se presta el servicio, o desde la última fecha en que el consumidor acredite haber requerido directamente al proveedor el cumplimiento de alguna de las obligaciones pactadas. Ese último inciso es el que casi nadie usa.
Traducido: cada mensaje fechado en el que pides el cumplimiento vuelve a arrancar el año. Un mensaje que solo dice que estás molesta no lo hace, porque no requiere nada.
¿Concilianet o la oficina de PROFECO?
Para una boda, casi siempre la oficina. Concilianet es el procedimiento conciliatorio en línea, pero solo funciona contra proveedores inscritos en el programa.
La propia plataforma lo dice en su página de proveedores participantes: si quieres presentar una queja contra algún otro proveedor, te invita a acudir a la Oficina de Defensa del Consumidor más cercana a tu domicilio. Los salones, banquetes, floristas y estudios de fotografía de bodas rara vez están inscritos, así que este es el camino real.
El paso a paso de la vía en línea, con sus pantallas y sus tiempos, está en Concilianet paso a paso.
Antes de moverte, llama. El Teléfono del Consumidor atiende en el 55 5568 8722 desde la Ciudad de México y su área metropolitana, y en el 800 468 8722 sin costo desde el interior del país, de lunes a viernes de 9:00 a 19:00 horas y sábados, domingos y días festivos de 10:00 a 18:00 horas.
Concilianet publica que responde en los 10 días hábiles que señalan sus disposiciones. Ese plazo es de la vía en línea, no del procedimiento presencial.
¿Qué documentos pide la queja?
Los datos del artículo 99 de la ley, más los comprobantes. En versión práctica: identificación oficial, contrato, comprobantes de pago y cualquier documento que acredite la relación de consumo.
El artículo 99 pide nombre y domicilio de quien reclama, la descripción del servicio y una relación breve de los hechos, y el nombre y domicilio del proveedor que aparezca en el comprobante o recibo que ampara la operación. Ese último requisito es la razón por la que el comprobante con datos fiscales importa tanto: sin él, el domicilio del proveedor lo tienes que aportar tú.
Concilianet publica su propia lista para la vía en línea: identificación oficial por ambos lados, recibo o factura de compra, garantía o contrato, y cualquier otro documento con el que acredites la relación de consumo. La ficha oficial del trámite es la PROFECO145 del catálogo nacional.
Y un detalle que ahorra un viaje: para acreditar personalidad ante la Procuraduría, tratándose de personas físicas basta carta poder firmada ante dos testigos, según el artículo 109. Si no puedes ir tú, alguien más puede.
¿Cuánto tarda el procedimiento y qué pasa en cada paso?
La ley marca los tiempos y conviene conocerlos antes de empezar, porque casi todos son plazos del proveedor, no tuyos.
| Paso | Plazo | Artículo |
|---|---|---|
| PROFECO notifica al proveedor y le pide informe | Dentro de los 15 días siguientes a recibir la reclamación | 103 |
| Audiencia de conciliación | Al menos 4 días después de la notificación al proveedor | 111 |
| El proveedor no llega a la primera audiencia | Medida de apremio y segunda audiencia en un plazo no mayor de 10 días | 112 |
| El proveedor tampoco llega a la segunda | Nueva medida de apremio y se tiene por presuntamente cierto lo que declaraste | 112 |
| Tú no llegas a la audiencia | 10 días para justificar o te tienen por desistida | 112 |
| Suspensión de la audiencia | Hasta 3 veces, con reanudación dentro de los 15 días siguientes | 114 |
Desliza la tabla para ver todas las columnas.
Ley Federal de Protección al Consumidor, texto vigente con la reforma publicada el 12 de diciembre de 2025. A falta de mención expresa, los plazos en días se entienden naturales, según el artículo 108.
Nota el renglón que más duele: si tú no acudes y no presentas justificación dentro de los diez días siguientes, se te tiene por desistida y ya no puedes presentar otra reclamación por los mismos hechos. Ese es el error que cierra expedientes ganados.
¿Qué se puede recuperar y qué no?
Se recupera lo que se pacte en el convenio, y ese convenio pesa. El artículo 110 establece que los convenios aprobados y los laudos emitidos por la Procuraduría tienen fuerza de cosa juzgada y traen aparejada ejecución, o sea que se pueden hacer valer ante tribunales en la vía de apremio o en juicio ejecutivo.
Lo que no llega a tu bolsillo son las multas. Cuando PROFECO sanciona a un proveedor por infringir la ley, la multa es del Estado. Para dimensionarlas: las infracciones a los artículos 7, 10 y 12 se sancionan con multa de 1,093.02 a 4,274,960.73 pesos, y en casos particularmente graves el artículo 128 BIS permite clausura de hasta noventa días.
Si no hay conciliación, el artículo 116 exhorta a las partes a designar árbitro, que puede ser la propia Procuraduría. Y presentar la reclamación tiene un efecto útil aunque tarde: según el artículo 102, interrumpe la prescripción de las acciones legales mientras dure el procedimiento.
¿Qué se revisa antes de contratar para no llegar aquí?
Dos cosas que toman diez minutos: si el contrato del proveedor está registrado y si el proveedor tiene quejas concluidas. Las dos se consultan gratis y en línea.
El Registro Público de Contratos de Adhesión permite buscar por razón social, nombre comercial o número de registro. Y el Buró Comercial publica el comportamiento comercial de proveedores con quejas del 1 de enero de 2019 al 31 de julio de 2026.
Con una advertencia que el propio Buró publica y que nadie cita: no refleja la totalidad de las quejas presentadas, solo las concluidas o cuya información puede difundirse, y no incluye el nombre de personas físicas. Un salón sin quejas ahí no es un salón sin quejas. Cómo se lee esa consulta sin sacar conclusiones de más está en revisar un salón en el Buró Comercial.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto tiempo tengo para presentar una queja en PROFECO por mi boda?
Un año. El artículo 105 de la Ley Federal de Protección al Consumidor lo cuenta desde el comprobante, desde el pago, desde que se prestó el servicio o desde la última fecha en que acredites haber requerido directamente el cumplimiento al proveedor. Cada requerimiento fechado vuelve a arrancar el plazo.
¿Sirve Concilianet para una queja contra un salón o un banquete?
Casi nunca. Concilianet solo atiende reclamaciones contra proveedores inscritos en el programa, y los proveedores de bodas rara vez lo están. La propia plataforma invita a acudir a la Oficina de Defensa del Consumidor más cercana cuando el proveedor no participa.
¿Qué documentos necesito para presentar la queja?
Identificación oficial, contrato, comprobantes de pago y cualquier documento que acredite la relación de consumo. El artículo 99 de la ley pide además el nombre y domicilio del proveedor que aparezca en el comprobante que ampara la operación, por eso el comprobante con datos fiscales importa tanto.
¿Qué pasa si el proveedor no se presenta a la audiencia de conciliación?
Se le impone una medida de apremio y se le cita a una segunda audiencia en un plazo no mayor de diez días. Si tampoco asiste, se le impone otra medida de apremio y se tiene por presuntamente cierto lo que declaró el reclamante, según el artículo 112 de la ley.
¿Qué pasa si yo no puedo ir a la audiencia?
Si no acudes y no presentas justificación fehaciente dentro de los diez días siguientes, se te tiene por desistida y ya no puedes presentar otra reclamación por los mismos hechos. Si no puedes ir en persona, el artículo 109 permite acreditar a otra persona con carta poder firmada ante dos testigos.
¿El convenio que firmo en PROFECO se puede ejecutar?
Sí. El artículo 110 de la Ley Federal de Protección al Consumidor establece que los convenios aprobados y los laudos emitidos por la Procuraduría tienen fuerza de cosa juzgada y traen aparejada ejecución, y se pueden promover ante tribunales en la vía de apremio o en juicio ejecutivo.
¿La multa que le pongan al proveedor me la pagan a mí?
No. La multa es una sanción administrativa que cobra el Estado, no una indemnización para el consumidor. Lo que puede regresar a ti es lo que se pacte en el convenio de conciliación o lo que determine un laudo arbitral si ambas partes designan árbitro.
¿A qué número llamo para orientarme antes de presentar la queja?
Al Teléfono del Consumidor: 55 5568 8722 desde la Ciudad de México y su área metropolitana, o 800 468 8722 sin costo desde el interior del país. Atiende de lunes a viernes de 9:00 a 19:00 horas y sábados, domingos y días festivos de 10:00 a 18:00 horas.
Fuentes
Cada cifra de esta página sale de una de estas fuentes. La fecha es el día en que la consultamos.
- Ley Federal de Protección al Consumidor, texto vigente con la última reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 12 de diciembre de 2025 y montos actualizados por acuerdo publicado el 23 de diciembre de 2025. Cámara de Diputados. diputados.gob.mx Consultado el 13 de agosto de 2026.
- Concilianet, PROFECO. Aviso de proveedores participantes, requisitos documentales y plazo de respuesta de 10 días hábiles, más los números y horarios del Teléfono del Consumidor. concilianet.profeco.gob.mx Consultado el 13 de agosto de 2026.
- Ficha oficial del trámite: queja o denuncia ante la PROFECO, homoclave PROFECO145, catálogo nacional de trámites de gob.mx. gob.mx Consultado el 13 de agosto de 2026.
- Oficinas de Defensa del Consumidor en el país, PROFECO. gob.mx Consultado el 13 de agosto de 2026.
- Buró Comercial de la PROFECO. Comportamiento comercial de proveedores con quejas concluidas del 1 de enero de 2019 al 31 de julio de 2026. burocomercial.profeco.gob.mx Consultado el 13 de agosto de 2026.
- Registro Público de Contratos de Adhesión, PROFECO. Buscador por razón social, nombre comercial, número de registro y naturaleza contractual. rpca.profeco.gob.mx Consultado el 13 de agosto de 2026.
Cómo verificamos esto
Los plazos de la tabla se leyeron uno por uno en el texto vigente de la Ley Federal de Protección al Consumidor publicado por la Cámara de Diputados, con la última reforma del 12 de diciembre de 2025: artículos 99, 102, 103, 105, 108, 109, 110, 111, 112, 114, 116 y 128 BIS.
El alcance real de Concilianet, sus requisitos documentales y los números y horarios del Teléfono del Consumidor los tomamos de la propia plataforma el 13 de agosto de 2026. La advertencia sobre la cobertura del Buró Comercial está publicada en su página de comportamiento comercial. Verificamos cada dirección con una petición GET y solo enlazamos las que respondieron 200.
Qué puede cambiar: los montos de las multas se actualizan cada año y la Procuraduría los publica en el Diario Oficial a más tardar el 30 de diciembre, según el artículo 129 BIS. Los horarios de atención y el periodo de datos del Buró Comercial también cambian. Antes de moverte, llama al Teléfono del Consumidor.
directora editorial
Fundó su estudio de fotografía de bodas en 2023, después de más de 10 años detrás de la cámara en la costa de Quintana Roo. Dirige Bodas MX, trabaja en español e inglés y firma las guías de trámites, permisos y contratos. Quién publica este sitio está declarado en Acerca de.